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diciembre 15, 2016

Senador Matta definió como un avance aprobación en general de proyecto que crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y Acuicultura (INDESPA)

Asimismo, el parlamentario puntualizó que el cuerpo legal tiene por objeto crear una institución con cobertura nacional que, a través de sus oficinas regionales, contribuya a mejorar la capacidad productiva y comercial de los de la pesca artesanal y de la acuicultura a pequeña escala, otorgando apoyo a estos sectores en casos de catástrofe e impulsando a su vez, obras de desarrollo de infraestructura con el fin de fomentar y promover el desarrollo productivo de sus beneficiarios.

De esta manera, Matta sostuvo que el INDESPA contará con un Consejo Directivo integrado por el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, quien lo presidirá; el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño; el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; el Director Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y el Director Nacional de Obras Portuarias. Asimismo, integrará el Consejo, el Director Ejecutivo, con derecho a voz.

Además, el representante de la VII Región puntualizó que en cada región habrá un consejo consultivo regional integrado 12 personas, nombradas en la que se detalla, y cuya función principal será la de entregar al Consejo del INDESPA, propuestas e información para la formulación de sus programas a nivel local, las cuales podrán servir de base para la elaboración de los planes y programas en su región.

Finalmente, Matta aclaró que podrán ser beneficiarios de las acciones desarrolladas o beneficios otorgados por el INDESPA: los pescadores artesanales con inscripción vigente en el Registro Pesquero Artesanal, a cargo del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; los acuicultores de pequeña escala con inscripción vigente en el registro que llevará el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, y las organizaciones o personas jurídicas conformadas exclusivamente por pescadores artesanales o acuicultores de pequeña escala, legalmente constituidas. Los pescadores artesanales y los acuicultores de pequeña escala integrantes de organizaciones o personas jurídicas, deberán encontrarse inscritos en el registro pesquero artesanal o de acuicultura de pequeña escala, según corresponda.

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