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noviembre 24, 2021

Tribunal da curso a incautación de computador y correo personal de ex alcalde de Cauquenes en investigación por presuntos delitos de corrupción



El Tribunal de Garantía de Cauquenes rechazó una "cautela de garantía" presentada por la defensa del ex alcalde de la comuna, Juan Carlos Muñoz en el caso de la querella interpuesta hace unas semanas por la Municipalidad de Cauquenes por supuestos actos de corrupción. La decisión del juzgado incluyó, además la incautación de computadores personales, entre otras especies que deberán ser periciadas a fin de reunir los antecedentes necesarios para el desarrollo de la investigación.

La determinación fue tomada el pasado lunes 22 de noviembre en primera audiencia de cautela de garantías realizada a solicitud de los abogados Isidro Solís Palma, exministro de Justicia y Felipe Polanco Zamora (defensor de Natalia Compagnon en el caso Caval), ambos defensas de Muñoz Rojas; con la finalidad de levantar el secreto de la investigación que está llevando adelante Fiscalía, además de alegar el acceso que ha tenido la prensa a la presentación de esta querella.

Entre los delitos que se le imputan a Muñoz se encuentran fraude al fisco, malversación de caudales públicos, cohecho pasivo, otros tipos de cohecho, asociación ilícita, negociación incompatible, fraude de subvenciones, prevaricación administrativa y falsificación de instrumento privado, según el libelo firmado por la actual alcaldesa, Nery Rodríguez Domínguez.

Lo decidido por Tribunal de Garantía de Cauquenes, mantiene el secreto de investigación, acogiendo el argumento del abogado querellante Rodrigo Hernández quien manifestó que dicho secreto “debía mantenerse considerando las influencias del ex alcalde en la comuna, e incluso las conductas de sus familiares vinculados a política, y sus apariciones en prensa defendiendo estos actos”, pudiendo afectarse eventualmente el curso del proceso. Lo anterior, sumado al hecho de que la teoría del caso del querellante es que la investigación no recae sobre delitos cometidos de manera aleatoria, sino a una conducta general delictiva del ex edil que en opinión del abogado, “habría aprovechado la institucionalidad municipal para cometer varios actos de corrupción”.

En la misma audiencia el abogado querellante, junto al fiscal del Ministerio Público, Juan Pablo Pereira, solicitaron al Tribunal acceder al computador y al correo electrónico personal que ocupaba Muñoz Rojas durante sus años de gestión, puesto que, según expusieron "el ex edil no utilizaba correo institucional ni dispositivos municipales formales", a lo que el tribunal igualmente accedió.

Sobre el particular, la alcaldesa de Cauquenes, Nery Rodríguez sostuvo que “esta es una buena señal de que la justicia está avanzando y que el trabajo que realizó el equipo jurídico asesor de la municipalidad, recopilando hechos, datos y testimonios, avalan delitos que hoy están en manos de los tribunales. Creemos y queremos que no habrá impunidad ante lo ocurrido durante estos 12 años”.

QUÉ ES "CAUTELA DE GARANTÍAS"
En cualquiera etapa del procedimiento en que el juez de garantía estimare que el imputado no está en condiciones de ejercer los derechos que le otorgan las garantías judiciales consagradas en la Constitución Política, en las leyes o en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, adoptará, de oficio o a petición de parte, las medidas necesarias para permitir dicho ejercicio.

Si esas medidas no fueren suficientes para evitar que pudiere producirse una afectación sustancial de los derechos del imputado, el juez ordenará la suspensión del procedimiento por el menor tiempo posible y citará a los intervinientes a una audiencia que se celebrará con los que asistan. Con el mérito de los antecedentes reunidos y de lo que en dicha audiencia se expusiere, resolverá la continuación del procedimiento o decretará el sobreseimiento temporal del mismo.

Con todo, no podrá entenderse que existe afectación sustancial de los derechos del imputado cuando se acredite, por el Ministerio Público o el abogado querellante, que la suspensión del procedimiento solicitada por el imputado o su abogado sólo persigue dilatar el proceso (Código Procesal Penal. Artículo 10. Cautela de garantías)

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