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diciembre 23, 2014

Fiscalía confía en haber acreditado todos los hechos de la acusación contra Martín Larraín

Poco más de una semana duró el juicio contra Martín Larraín y sus dos amigos Sofía Gaete y Sebastián Edwards, acusados el primero de ellos por el delito de conducción en estado de ebriedad causando la muerte tras huir del lugar, mientras que los otros dos por el delito de obstrucción a la investigación al prestar testimonio falso para favorecer al conductor del jeep en que ellos también se movilizaban.

Al término de la jornada de este lunes en que se fijó la lectura del veredicto condenatorio o absolutorio para el martes 23 de diciembre a las 09:45 horas, el fiscal jefe de Cauquenes Juan Pablo Pereira señaló que “hemos rendido la prueba que creíamos necesaria los hechos materia de la acusación, los mismos que acreditamos en la primera oportunidad, Recuerden que fuimos nosotros los que recurrimos a la Corte porque teníamos la convicción de que Martín Larraín merecía una pena mayor y que además debió haberse condenado por obstrucción a la investigación a Sebastián Edwards y a Sofía Gaete. La Corte acogió nuestro recurso de nulidad y hoy estamos en un nuevo juicio donde no ha cambiado nuestra convicción, pero si la legislación y nos tuvimos que hacer cargo de aquello por un principio de objetividad. Rendimos la prueba y hemos dado todo lo nuestro en cuanto a recursos técnicos y humanos para que el tribunal valore aquello y vuelva a condenar a Martín Larraín a una pena mayor y esta vez si se condene, esperamos,  a Sebastian Edwards y Sofía Gaete”.

En su momento el Ministerio Público representado por Pereira y el fiscal Francisco Ávila, acusó por el delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, esto basado en que el huir del sitio del suceso debe ser considerado por el tribunal  como un antecedente calificado para establecer la conducción bajo estado de ebriedad. Esta situación calificante a partir de septiembre, posterior a que se había resuelto en torno al primer juicio, cambió con la promulgación de la llamada Ley Emilia la que derogó la presunción.  Pero el ente persecutor solicitó al tribunal que la fuga debe ser considerada como un tipo penal  especial de la Ley de Tránsito que si existía al momento de ocurridos los hechos el 18 de septiembre del 2013 cuando perdió la vida Hernán CanalesCanales al ser arrollado por el jeep que conducía  Larraín Hurtado en el sector de Curanipecosta sur de la Región del Maule.

En la jornada de este lunes los tres acusados prestaron testimonio, manifestando el conductor que “fue un accidente imposible de evitar “.

El Ministerio Público espera obtener una condena contra Larraín de 4 años de presidio remitido al contar éste con irreprochable conducta anterior, además de la suspensión de su licencia de conducir de por vida y el pago de las costas del juicio. Mientras que para Edwards y Gaete una sanción penal de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, pudiendo también estas personas optar a una pena remitida al no tener antecedentes penales pretéritos.

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