Destacan el nuevo Ingreso familiar de Emergencia y la ley con beneficios para trabajadores independientes
El intendente (s) del Maule, Felipe Donoso, durante el balance covid-19 de las autoridades regionales, destacó la promulgación de dos leyes que amplĆan el Ingreso Familiar de Emergencia, con mĆ”s recursos para mĆ”s familias de todo Chile, y crean un beneficio para los trabajadores que emiten boletas de honorarios.
“El dĆa de ayer se incorporaron dos nuevos instrumentos, que fueron fruto de un acuerdo transversal para salir juntos de esta crisis que no sólo es sanitaria, sino que tambiĆ©n social y fue promovido por el Presidente PiƱera”, seƱaló el intendente (s).
La autoridad destacó que este nuevo Ingreso Familiar de Emergencia, cambia su diseƱo para actuar como un complemento a los ingresos actuales del grupo familiar. “Esto abarca tanto a hogares que no tienen ingresos formales como a los que tienen algunos ingresos formales e incluye a familias con otros beneficios como la ley de protección del empleo, el seguro de cesantĆa, el apoyo a trabajadores independientes y a las personas que cobran pensiones contributivas y no contributivas y aumenta el beneficio del Ingreso Familiar de Emergencia de $65.000 a hasta $100.000 por persona, en caso de no contar con ningĆŗn ingreso formal. De esta manera, el ingreso de una familia de cuatro personas aumentarĆ” de $260.000 a $400.000”.
En cuanto a la ley que crea un beneficio para los trabajadores independientes que han visto afectados sus ingresos producto de la pandemia, Ć©sta contempla un subsidio que cubrirĆ” un 70% de la caĆda de ingresos por boleta de honorarios para aquellos trabajadores con rentas promedio iguales o inferiores a $320.500; de 50% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $320.500 y menores o igual a $400.000; y de 40% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $400.000 y menores o iguales a $500.000. En todos estos casos, el tope de subsidio serĆ” $100.000 mensuales.
Para acceder al beneficio hay que haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses –continuos o discontinuos– de los 12 anteriores al 1 de abril de 2020; o en, por lo menos, seis meses dentro de los 24 previos. TambiĆ©n es requisito que, en el mes respecto del cual se solicita, los ingresos por boletas de honorarios hayan disminuido en al menos un 30% respecto del promedio mensual de dichas rentas obtenidas en los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020.